sábado, 19 de marzo de 2016

Acción Negatoria.

Es la acción que puede ejercer el dueño o propietario de una cosa cuando defiende la limitación del derecho que le imponen, de acuerdo a un procedimiento que él considera injusto e inexistente de algún daño sobre su propiedad. Es una acción petitoria, imprescriptible y además se puede ejercer tanto de condena como de declaración de algo cierto; la persona mediante esta acción puede pedir la reinvindicación de alguna cosa.

El autor Román Duque, en su libro denominado Procesos sobre la Propiedad y la Posesión, establece que la acción negatoria permite impedir que otro propietario actúe sobre su propiedad con un derecho sin límites, ya sea de servidumbre o de usufructo.

Su legitimación puede ser:

Activa: Es el propietario de la cosa quien puede ejercer la acción negatoria, ya que uno de los requisitos es tener el derecho sobre la propiedad, es decir, las pruebas de su dominio sobre la cosa y además el derecho de posesión que tiene  el demandado sobre la propiedad.

Pasiva: Es la acción que se ejerce contra el propietario de una cosa. Hay ciertas excepciones para este caso que son: la cosa juzgada (solo se ejerce la acción sobre una determinada cosa), cuando no existe el derecho de la  propiedad y además cuando el demandado demuestra su posesión de buena fe sobre la cosa; pueden existir casos donde el demandante actúe con vicio sobre la cosa.

Cuando la acción es aprobada, el demandado debe abstenerse de ejercer el derecho sobre la cosa; si se tratare de la acción posesoria que puede ejercer un reo sobre su derecho limitado, entonces puede neutralizarla. La acción negatoria busca proteger la libertad de la cosa y la propiedad.













Anexo Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia:
Problemas sobre un terreno que la propietaria tenía intenciones de cercar, pero sus vecinos se oponían a esta acción e incluso un funcionario de la Alcaldía del Municipio Atures (Amazonas) le ordenó paralizar la obra:

2 comentarios:

  1. Al respecto se puede agregar que es la acción que ejerce al propietario de una cosa para que se declare judicialmente que su cosa no está sujeta al derecho que otra persona se atribuye sobre ella.

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  2. Podemos señalar que la Usucapión o Prescripción Adquisitiva es un derecho por el cual una persona adquiere la propiedad, que tiene diferentes requisitos y limitaciones.

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